Dos ciudadanos particulares han registrado la que constituye la primera petición de indulto a favor de Álvaro García Ortiz, después de que el Tribunal Supremo le condenara el pasado noviembre a dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general del Estado y al pago de 17.200 euros ―entre multa e indemnización― por revelar secretos de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El Ministerio de Justicia, la ventanilla a la que deben dirigirse las peticiones de indulto, ya ha iniciado el trámite legal, instando al alto tribunal a que emita su informe, según la documentación a la que ha tenido acceso EL PAÍS.
Justicia inicia el trámite legal después de que dos particulares hayan pedido el indulto total para Álvaro García Ortiz
Dos ciudadanos particulares han registrado la que constituye la primera petición de indulto a favor de Álvaro García Ortiz, después de que el Tribunal Supremo le condenara el pasado noviembre a dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general del Estado y al pago de 17.200 euros ―entre multa e indemnización― por revelar secretos de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El Ministerio de Justicia, la ventanilla a la que deben dirigirse las peticiones de indulto, ya ha iniciado el trámite legal, instando al alto tribunal a que emita su informe, según la documentación a la que ha tenido acceso EL PAÍS.
Los solicitantes apelan a las razones de justicia, equidad y utilidad pública que contempla la ley de forma genérica para conceder el indulto. El Gobierno es el que debe valorar si concurren, porque es el que otorga la medida de gracia. Ésta puede afectar a todas las penas, solo algunas o plantear que las fijadas se sustituyan por otras. En el caso de García Ortiz, los firmantes solicitan un indulto total para el ex fiscal general.
La ley marca que, una vez recibida la petición de indulto, el Ministerio de Justicia está obligado a tramitarla. El proceso implica recabar informe del tribunal que condenó para que éste, a su vez, pida opinión a la Fiscalía y a la parte agraviada. La maquinaria ya se ha puesto en marcha y el departamento que dirige Félix Bolaños ha remitido la solicitud de perdón al Supremo para que se pronuncie. La sede judicial debe informar sobre la situación de la causa y del condenado, pero también sobre “su conducta posterior y, especialmente, las pruebas o indicios de su arrepentimiento”, así como sobre si el indulto perjudica a terceros; todo ello, antes de posicionarse sobre “la justicia o conveniencia” de conceder la medida de gracia. Además del Supremo, tendrán que informar la Fiscalía, que durante todo el procedimiento ha defendido la inocencia de García Ortiz; y Gónzalez Amador, como víctima del delito.
Formado el expediente, el ministro de Justicia es el encargado de llevar al Consejo de Ministros su propuesta, que no está condicionada por los informes emitidos, dado que son preceptivos pero no vinculantes. El Ejecutivo tiene la última palabra. Decide si se indulta y en qué medida. La ley no impone plazos a ninguna de las partes que intervienen en el proceso de indulto, pero la media de resolución de los expedientes ronda los seis meses, aunque puede dilatarse, sobre todo si se acumulan varias peticiones, que pueden formular el propio condenado, sus allegados o cualquier persona.
El indulto no es la única vía que tiene García Ortiz para librarse de la condena. Su defensa ha presentado un incidente de nulidad en el Supremo, un recurso extraordinario que rara vez se estima pero que es necesario como paso previo para solicitar amparo al Tribunal Constitucional, donde se prevé que acabe el caso. En la corte de garantías, estos recursos suelen tardar en resolverse entre seis meses y un año.
El precedente del procés
El principal antecedente, por su relevancia política y social, son los indultos concedidos el 22 de junio de 2021 por el Gobierno de Pedro Sánchez al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y a los otros nueve condenados a penas de prisión por liderar el proceso independentista que culminó con el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
El Ejecutivo les indultó únicamente las penas de cárcel, lo que provocó que salieran de prisión pero estén inhabilitados hasta 2031. En esa ocasión, Moncloa actuó con los informes en contra del Supremo y de los fiscales del procés. En ambos casos, adujeron la gravedad de los hechos ―“se ha pretendido la ruptura de la convivencia democrática”― y que no apreciaban en los condenados “la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento”. La Abogacía del Estado, como parte perjudicada, eludió posicionarse. El Gobierno los concedió esgrimiendo razones de “utilidad pública”, al considerar que la excarcelación de los líderes del procés podía reportar más beneficios que su continuidad entre rejas, con la expectativa de que abriera una nueva etapa en Cataluña.
El 4 de julio de 2024, Justicia recibió una nueva petición de un particular para indultar también a Junqueras y a los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa las penas de inhabilitación que continúan vigentes. El Supremo volvió a informar en contra, pero la Fiscalía cambió su posición, abogando por indultar totalmente a los exdirigentes catalanes al ver “excesivo” que sigan inhabilitados. La Abogacía del Estado volvió a ponerse de perfil. No obstante, Junqueras, Bassa y Romeva, además del expresidente catalán Carles Puigdemont y los también exconsejeros Antoni Comín, Lluís Puig y Jordi Turull, están a la espera de la respuesta que dé el Constitucional a sus recursos de amparo contra la decisión del Supremo de no amnistiarles la malversación del 1-O, que les mantiene inhabilitados.
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