La estudiante en La Rioja que ha vuelto a clase con el velo islámico: “Me siento muy feliz, forma parte de mi identidad”

Eman Akram, de espaldas, en un parque en el centro de Logroño, en enero de 2026.

Eman Akram vuelve a sonreír en clase. El segundo trimestre no ha podido empezar de mejor manera: ha vuelto al IES Sagasta con el hiyab. La justicia le ha dado la razón después de que el centro educativo de Logroño, donde estudia primero de Bachillerato Internacional en la rama de letras, le prohibiera en septiembre el acceso con el hiyab. La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 ha anulado esta medida, ya que, concluye, “vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa”. Además, contempla una indemnización de 2.000 euros por daños morales.

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Eman Akram, de espaldas, en enero de 2026, en un banco de un parque del centro de Logroño. El instituto le prohibió el acceso con hiyab y la justicia falló a favor de la adolescente. La consejería de Educación, del PP, renuncia a recurrir  

Eman Akram vuelve a sonreír en clase. El segundo trimestre no ha podido empezar de mejor manera: ha vuelto al IES Sagasta con el hiyab. La justicia le ha dado la razón después de que el centro educativo de Logroño, donde estudia primero de Bachillerato Internacional en la rama de letras, le prohibiera en septiembre el acceso con el hiyab. La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 ha anulado esta medida, ya que, concluye, “vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa”. Además, contempla una indemnización de 2.000 euros por daños morales.

“Me siento muy feliz”, reconoce ahora esta joven de 17 años después de la “pesadilla” que sufrió al comienzo del curso. La directora del centro, con unos 1.100 alumnos, le prohibió el acceso con el velo islámico, de acuerdo a la interpretación de la norma recogida en el reglamento interno, que impide “cubrirse la cabeza con gorros, gorras, viseras, capuchas, boinas o similares [en ningún momento se cita explícitamente el velo islámico]” y la amenazó con la expulsión si continuaba con su actitud. Aunque ahora afirma haber “tenido miedo”, protestó.

Su reivindicación desencadenó varias concentraciones de apoyo a las puertas de este centro público y fue capaz de recoger 11.000 firmas, a través de la plataforma change.org, que entregó en la Consejería de Educación para que revocara esta medida. Sin embargo, fue el recurso presentado en la justicia el que le ha permitido volver a clase con el hiyab. “Para mí es más que un símbolo religioso, forma parte de mi identidad”, dice.

Su abogada defensora, Henar Moreno, sostiene que este caso cuenta con un factor determinante para haber logrado esta sentencia favorable. “La alumna y su familia [de origen pakistaní] han tenido la convicción de seguir adelante porque dan especial valor a la educación”. En circunstancias similares, afirma, “lo más habitual es cambiar de centro o, lo que es peor, abandonar los estudios”.

Por su parte, la dirección del instituto ha acatado el fallo y no ha puesto impedimento a que tanto Akram como las otras cuatro alumnas musulmanas accedan a clase con el hiyab. Una decisión en sintonía con la respuesta de la Consejería de Educación, que quiere dar por cerrado este asunto y ha renunciado a recurrir la sentencia. Sin embargo, en el comunicado emitido por el departamento del Gobierno de La Rioja. del PP, se incide en la falta de una normativa estatal común. “La respuesta que, hasta la fecha, habían venido dando los tribunales españoles a esta cuestión ha sido, en general, dar primacía a la potestad de autoorganización del centro”.

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Ha habido otros casos, en Madrid o Burgos, en los que la justicia ha dado la razón a los centros educativos que prohibían el pañuelo, señala Juan Ocón García, profesor de Derecho de la Universidad de La Rioja (UR). Es uno de los integrantes de la Clínica Jurídica e Intervención Social de la universidad, que elaboró un informe por encargo del AMPA del IES Sagasta, en el que se concluye que el reglamento de un centro educativo “no puede limitar el ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa”.

El nuevo fallo de la magistrada de Logroño se apoya, por su parte, en una sentencia del Tribunal Supremo de 2013 que anuló la prohibición del uso del velo integral en instalaciones municipales aprobada por el Ayuntamiento de Lleida, al considerarla contraria a la libertad religiosa. No existen sentencias específicas ni del Supremo ni del Constitucional sobre el caso concreto de los centros educativos, que son las que sientan doctrina.

Más allá de este debate, FAPA Rioja, que aglutina a las asociaciones de familias de alumnos de centros públicos, reconoce que el fallo es fruto de “una mala interpretación” de una norma interna. “Lo único que ha ocurrido en Sagasta ha sido la creación de un problema donde no lo había”, afirma su presidente, Manuel Pérez Delgado.

Desde la asociación de inmigrantes ATIM, su máximo responsable, Mohamed El Gheryb, también comparte que “el pañuelo islámico es un derecho que no hace daño a nadie”. Ahora confía en que la prohibición también se levante en el resto de los centros públicos de La Rioja donde se impide el acceso al aula con hiyab, dos en Calahorra y otros dos en Arnedo. De hecho, Izquierda Unida, cuya portavoz en el Parlamento es la abogada de Akram, volverá a presentar en la cámara una iniciativa para que el Ejecutivo riojano establezca la misma norma para todos los centros educativos y permita el uso del hiyab.

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