El padre de Noelia, la mujer de 25 años que espera una eutanasia desde 2024, pide al Constitucional que paralice el proceso

El padre de Noelia, la joven de Barcelona de 25 años afectada por una paraplejia y que ha reclamó la eutanasia en 2024, ha pedido al Tribunal Constitucional que paralice de manera cautelar el proceso demandado de su hija hasta que la justicia resuelva el recurso que ha presentado ante la corte de garantías.

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 El despacho Abogados Cristianos, que representa al progenitor de la mujer, ha pedido amparo ante el Alto Tribunal y que tome medidas cautelarísimas  

El padre de Noelia, la joven de Barcelona de 25 años afectada por una paraplejia y que ha reclamó la eutanasia en 2024, ha pedido al Tribunal Constitucional que paralice de manera cautelar el proceso demandado de su hija hasta que la justicia resuelva el recurso que ha presentado ante la corte de garantías.

El despacho ultracatólico de Abogados Cristianos, que representa al padre de la mujer, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el que pide que acuerde de forma inmediata y urgente la medida cautelarísima de suspender la eutanasia de la joven.

Esta nueva iniciativa judicial del padre de Noelia se produce después de que el Tribunal Supremo inadmitiera su recurso contra la muerte asistida de la joven.

En un auto, el Supremo decidió no admitir el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que autorizaba la muerte digna de la joven, por falta de interés casacional; es decir, porque pretendía que se analizaran de nuevo las pruebas, algo que no es posible.

La batalla ante la justicia arrancó cuando el padre recurrió la resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, del 18 de julio de 2024, por la que se concedió la autorización de eutanasia a su hija, ya mayor de edad. Inmediatamente, el juzgado acordó como medida cautelar la suspensión de la eutanasia. Poco después, el juzgado rechazó el recurso al considerarlo inadmisible porque el padre no estaba legitimado para recurrir, puesto que la hija era mayor de edad y no estaba incapacitada.

Además, concluyó que la joven tenía capacidad plena para solicitar la eutanasia y que se cumplían todos los requisitos para que esta se concediera, así como que se habían seguido todos los pasos para que el procedimiento tuviera todas las garantías.

El padre acudió en apelación ante el TSJC, que reconoció su legitimación para recurrir, aunque rechazó su recurso porque de ninguna de las pruebas se desprendía la ausencia de capacidad de la hija, sino todo lo contrario. De hecho, el tribunal consideró que las meras afirmaciones de que la mujer tenía patologías psiquiátricas resultaban insuficientes al estar desprovistas de cualquier refuerzo técnico.

Ante este escenario, el padre recurrió al Supremo porque sostenía que no había quedado acreditado que su hija sufriera una enfermedad grave e incurable, o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante; y porque, según sus argumentos, tampoco concurría conformidad libre, voluntaria y consciente de la paciente, al presentar antecedentes psiquiátricos graves.

Ante el nuevo rechazo judicial por parte del Tribunal Supremo, el padre ha recurrido ahora al Constitucional. En el recurso de amparo el padre de Noelia afirma que la joven padece “trastornos mentales” y de la personalidad y que cuenta con un historial de “antecedentes psiquiátricos”.

Sin embargo, tanto el juzgado que dio luz verde a la eutanasia de la joven como el TSJC, en su sentencia de septiembre de 2025, concluyeron que a lo largo del proceso judicial no se había constatado falta de capacidad de la mujer para desestimar su petición de muerte asistida, y que su decisión de solicitarla se había mantenido firme desde abril de 2024.

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